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Solicitud al Fomento del Emprendimiento

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Código SUBVEN_EMPRENDI
Descripción Trámite que tiene por objeto establecer el régimen de concesión de ayudas destinadas a subvencionar el fomento al emprendimiento para autónomos y micropymes.
Órgano resolutorio Ayuntamiento de Teruel
¿Quién tramita la solicitud? Desarrollo Local
Destinatario Trabajadores autónomos y micropymes de menos diez trabajadores
Sujeto a tasa o precio público No
Disponibilidad Anual
¿Quién lo puede solicitar?

Son beneficiarios los trabajadores autónomos y las microempresas de menos de diez trabajadores que sean:

-Emprendedores que no hayan estado dados de alta en régimen de autónomos ni en la actividad propia en el último año.

-Relevistas empresariales, entendiendo como las personas que desarrollan su proyecto empresarias continuado la actividad económica de un negocio que es objeto de traspaso.

Los beneficiarios deberán cumplir con los requisitos establecidos en la convocatoria.

Forma de iniciación De parte
Efecto del silencio Desestimatorio.
Plazo de presentación

La presentación de la solicitud con la correspondiente documentación deberá hacerse dentro del plazo de 20 días hábiles a contar a partir del siguiente al de la publicación de la presente convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Teruel (sección oficial del Boletín Oficial de Aragón).

Si el último día del referido plazo coincidiera con día inhábil, se entenderá prorrogado al siguiente hábil.

Del 25 de agosto del 2022 al 21 de septiembre de 2022, ambos inclusive.

Plazo de resolución 3 meses desde la finalización del plazo presentación de solicitudes.
Fin a la vía administrativa Cabe interponer recurso administrativo.
Normativa

Las Bases que rigen la convocatoria para la concesión de subvenciones en materia de ayudas al fomento del emprendimiento para autónomos y micropymes, fueron aprobadas mediante la correspondiente Ordenanza específica por acuerdo del Ayuntamiento Pleno de Teruel, en sesión celebrada el día 27 de mayo de 2022, publicada en el Boletín Oficial de la Provincia núm. 137 de fecha 20 de julio de 2022, y entrando en vigor el día 11 de agosto de 2022.

Con arreglo a dichas bases se publica la convocatoria para el año 2022.

¿Requiere documentación? Si
Documentación a aportar

Las solicitudes de subvención se presentarán en los modelos normalizados que facilitará el Ayuntamiento. Tanto la Ordenanza específica mediante la que se aprueban las bases como los modelos normalizados estarán a disposición del público en las oficinas del Ayuntamiento y en la página web.

Deberá presentarse para solicitar subvención:- Modelo normalizado de solicitud de subvención. La presentación de la solicitud supone por parte del solicitante la aceptación incondicional de lo establecido en la convocatoria, así como lo demás previsto en la normativa aplicable en materia de subvenciones.

- Memoria del proyecto empresarial en el que se desarrolle la idea de negocio que se constituya o la descripción de las actividades a implementar. En dicha memoria deberán concretarse las actuaciones de asesoramiento y de los gastos incurridos inherentes a la puesta en marcha de un negocio o actividad.

- Documentación acreditativa de la capacidad del representante legal del solicitante para actuar en nombre y representación del mismo, en su caso.

- Anexo 1, referido a la declaración responsable relativa a que en la persona interesada no concurre ninguna de las circunstancias a que hace referencia el artículo 13 de la Ley 38/2003 de 17 de noviembre, General de Subvenciones, que impidan obtener la condición de beneficiario de la subvención.

- Anexo 2, Relación de facturas presentadas.

- Anexo 3, Pagos en efectivo.

- Anexo 4, Ficha de terceros.

- Facturas relativas a los gastos subvencionables previstos en el punto 10 de la convocatoria, junto con sus correspondientes justificantes de pago.

a) En el caso de autónomos:

- DNI o documento equivalente vigente que acredite su identidad.

- Informe de vida laboral del código de cuenta de cotización del autónomo emitido por la Tesorería General de la Seguridad Social que englobe el período de 2022 hasta la fecha de publicación de la presente convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia.

b) En el caso de sociedades:

- Documentación acreditativa del número de identificación fiscal.

- Informe de vida laboral del código de cuenta de cotización de la empresa emitido por la Tesorería General de la Seguridad Social que englobe el período de 2022 hasta la fecha de publicación de la presente convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia.

- Escritura de constitución.

- Poder suficiente del representante para actuar en nombre de la sociedad.

c) En el caso de sociedades que no hayan iniciado su actividad:

- DNI o documento acreditativo de la identidad de los socios fundadores.

- Cualquier otra documentación que se disponga de la constitución de la sociedad.

Junto a todo lo anterior, deberá constar:

Certificados de hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias (Agencia Estatal de Administración Tributaria) y frente a la Seguridad Social (Tesorería General de la Seguridad Social), así como ausencia de toda deuda pendiente de pago con la Hacienda de la Comunidad Autónoma (órganos de la Administración Tributaria de la Comunidad Autónoma de Aragón) y asimismo no tener deuda pendiente de pago con el Ayuntamiento de Teruel.

El Ayuntamiento de Teruel recabará de oficio los documentos que acrediten lo anterior electrónicamente mediante consulta a las Plataformas de Intermediación de datos u otros sistemas electrónicos habilitados al efecto, conforme resulta de la normativa aplicable en materia de protección de datos. En caso de que el interesado se opusiera a dicha consulta, deberá indicarlo expresamente en la misma solicitud aportando él mismo los certificados correspondientes.

Observaciones / Información de interés Serán subvencionables aquellos gastos que de manera indubitada respondan a la naturaleza de la actividad subvencionada y se realicen en el ejercicio 2022:

- Gastos notariales, registrales y periciales para la realización del proyecto subvencionado, entre otros, los trámites oportunos para la adopción de la personalidad jurídica o los trámites administrativos en relación al ejercicio de la actividad de las personas físicas.

- Realización de estudios de viabilidad, correspondientes al proyecto descrito en la memoria.

- Gastos de proyectos técnicos: el coste del proyecto técnico requerido para la obtención de la licencia de actividad.

- Estudios de valoración de negocio existente (para relevistas empresariales).

- Asesoramiento en nombre y marcas comerciales, así como aquellos gastos derivados del registro en la oficina de patentes y marcas.

- Trabajos de planificación y cronograma.

- Trabajos de acompañamiento y asesoramiento urbanístico y/o medioambiental.

- Trabajos de asesoramiento en áreas de comercialización de productos o servicios.

- Asesoramiento y recomendación de franquicias.

- Asesoramiento jurídico o financiero relacionado con la puesta en marcha de la actividad.

- Gastos de gestoría relacionados con la puesta en marcha de la actividad (por la prestación de

servicios referidos a la gestión ante Administraciones Públicas, notaría, Registro Mercantil...)

- Gastos de selección de personal.

- Gastos relativos a la creación y posicionamiento de una página web.

- Gastos de publicidad por lanzamiento.

La cuantía de la subvención será como máximo de 2000€ por solicitante. El importe de la subvención no podrá superar el total del importe de los servicios prestados o de gastos no inventariables que tengan por finalidad ayudar a los emprendedores o relevistas cuyo objetivo consista en implantar su negocio en el municipio de Teruel con el límite de la cuantía máxima subvencionable.

En ningún caso se consideran gastos subvencionables los impuestos indirectos cuando sean susceptibles de recuperación o compensación ni los impuestos personales sobre la renta.

Medios de contacto

La Unidad de Desarrollo Local se encuentra en la planta baja de la casa Consistorial. Plaza de la Catedral nº 1.

Correo electrónico: desarrollo.local@teruel.es

¿Dónde solicitarlo?

Las solicitudes de subvención podrán ser presentadas por los siguientes medios:

De forma presencial, mediante la presentación de documentación en soporte papel en el Registro General del Ayuntamiento, Oficina de Asistencia en Materia de Registros, o en cualquiera de las oficinas de registro de otras Administraciones y Organismos Públicos integrados en el Sistema de Interconexión de Registros ;

De forma telemática a través de la sede electrónica municipal cuyo catálogo de trámites recoge como trámite susceptible de presentación electrónica la "Solicitud de subvención en materia de ayudas al fomento del emprendimiento para autónomos y micropymes".

Será igualmente válida su presentación telemática a través de las sedes electrónicas del resto de Administraciones Públicas o entidades dependientes del Sector Público, o del Portal de Registro Electrónico común de la Administración General del Estado.

Se establecen como medios de identificación y firma electrónica cualquiera de los sistemas de firma electrónica reconocida o cualificada y avanzada basados en certificados electrónicos reconocidos o cualificados de firma electrónica expedidos por prestadores incluidos en la " Lista de confianza de prestadores de servicios de certificación". A estos efectos la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Teruel admite los siguientes:

  • Certificado electrónico de persona física.
  • DNI electrónico convenientemente activado con firma electrónica (el interesado necesitará para su uso un lector de tarjetas conectado al equipo informático que utilice).
  • Sistema de firma electrónica Cl@ve proporcionada por la Administración General del Estado.
En las oficinas de correos en la forma que reglamentariamente se establezca.
¿Cómo solicitarlo?

1.- En primer lugar deberá descargarse la instancia normalizada y cumplimentarla -se trata de un documento pdf rellenable-.
Los Anexos restantes (1, 2, 3 y 4) son pdf rellenables al igual que la instancia normalizada.

2.- Una vez elaborados y guardados los documentos electrónicos a presentar, se deberá hacer clic en la ventana de "Registro Electrónico" (Tramitar).

3.- Una vez reconocido el certificado electrónico se abre el formulario web que ya recoge los datos del certificado. Deberá revisarse y, si fuera el caso, modificar la dirección a efectos de notificaciones. No resulta necesario volver a firmar electrónicamente cada uno de los documentos (solicitud, anexos 1, 2, 3 y 4 una vez digitalizados), puesto que en el momento de adjuntarlos en la cumplimentación del formulario web se incorporará de forma automatizada la firma electrónica del titular del certificado.

NOTA IMPORTANTE: Leer instrucciones para cumplimentar la solicitud de la subvención así como la presentación con el certificado del representante en caso de hacerlo a través de terceros. (Ver indicaciones de cumplimentación

Horario de Registro Horario general: LUNES A VIERNES 9 A 14 HORAS
Horarios especiales:
Medievales: El viernes de medievales de 9 a 12h.
Semana Santa: Desde el Martes Santo, hasta el Lunes de Pascua, de 9 a 13h.
Fiestas del Ángel: Desde el viernes de Ferias, hasta fin de la Vaquilla, de 9 a 13h.
Navidad: Desde el 22 de diciembre, al 6 de enero, de 9 a 13h.
DESCARGA DE DOCUMENTOS
21 de Noviembre de 2022

Tramitación usando Cl@veTramitación usando Sistemas de Identificación electrónica

Registro ElectrónicoTramitación usando Certificado FNMT o DNIe

Presencial Presencial


Ayuntamiento de Teruel
Plaza de la Catedral 1. 44001 Teruel (Teruel)
Teléfono: (+34) 978619900
Correo electrónico: informacion@teruel.es
DIR3: L01442160