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Código | PADRON_ALTA |
Descripción | Consiste en la inscripción en el Padrón municipal de habitantes de las personas físicas que sean residentes en el término municipal de Teruel. El empadronamiento otorga la condición de vecino El Padrón es el registro acreditativo de la residencia y del domicilio de los vecinos de Teruel, a todos los efectos administrativos Toda persona que viva en España está obligada a inscribirse en el Padrón del Municipio donde reside habitualmente. En el caso de residir en más de un municipio deberán empadronarse en aquel en el que vivan durante mas tiempo al año. |
Órgano resolutorio | Ayuntamiento de Teruel - Alcaldía |
¿Quién tramita la solicitud? | Departamento de participación ciudadana y servicios generales |
Destinatario | Personas físicas |
Sujeto a tasa o precio público | No |
Disponibilidad | Continuo |
¿Quién lo puede solicitar? | Cualquier persona física que resida de forma habitual la mayor parte del año en Teruel Los nacidos en Teruel, una vez inscritos en el Registro Civil, son dados de alta de oficio en el Padrón Municipal en un plazo aproximado de dos meses También se podrán dar de alta en el Padrón a los nacidos a solicitud de los padres que tengan su guarda o custodia previa presentación del Libro de Familia o certificado de nacimiento. |
Forma de iniciación | A instancia de parte o de oficio |
Efecto del silencio | De parte: Estimatorio |
Plazo de resolución | 3 meses |
Fin a la vía administrativa | Si |
Normativa | · Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local · RD 1690/86, de 11 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Población y Demarcación Territorial de las Entidades Locales · Resolución del INE de 17 de febrero de 2020 (BOE 2/05/2020). |
¿Requiere documentación? | Si |
Documentación a aportar | La documentación que se presente debe ser original, salvo cuando se indique otra cosa, y será escaneada y devuelta al solicitante en el momento de su registro
En el caso de empadronamiento de menores con uno solo de su progenitores será necesario acreditar el consentimiento de ambos, salvo que uno de ellos haya sido privado de la patria potestad, lo que deberá acreditarse, o, si no hay mutuo consentimiento, se aportará autorización judicial para el empadronamiento del menor. Cuando, excepcionalmente, el progenitor que solicita le inscripción no disponga del consentimiento del otro o de autorización judicial, será posible el empadronamiento de la siguiente forma:
Documentación acreditativa del domicilio de residencia:
Cuando los documentos relativos a la vivienda no figuren a nombre del solicitante, debe constar la autorización mediante la firma del titular de la vivienda en la hoja de inscripción padronal y debe acompañar copia del documento de identidad, además de los documentos que acrediten la propiedad o el alquiler. Empadronamiento en un domicilio donde ya existen otras personas empadronadas:
Cuando el alta se produzca en un establecimiento colectivo (residencias, conventos, etc) la autorización para el empadronamiento deberá ser suscrita por la persona que ostente la dirección del mismo. |
Observaciones / Información de interés | Los vecinos tienen la obligación de comunicar al Ayuntamiento las variaciones en sus circunstancias personales, en la medida en que impliquen una modificación de los datos que deben figurar en el padrón municipal de habitantes con carácter obligatorio ( Art. 68 RD 1690/1986, del Reglamento de Población y Demarcación Territorial) El Ayuntamiento podrá comprobar la veracidad de los datos consignados por los vecinos, exigiendo al efecto la presentación del documento de identidad, el libro de familia, el título que legitime la ocupación de la vivienda u otros documentos análogos LA FALSEDAD EN LOS DATOS DECLARADOS PUEDE SER CONSTITUTIVA DE DELITO. |
Información sobre protección de datos | Los datos de carácter personal facilitados serán incorporados al tratamiento "Padrón Municipal de Habitantes", cuyo responsable es el Ayuntamiento de Teruel, ante el cual las personas afectadas podrán ejercer sus derechos de acceso, rectificación y otros. La finalidad del tratamiento es la gestión del Padrón Municipal de Habitantes, legitimada por la obligación de inscripción establecida en la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local. Los datos no serán cedidos a terceros, exceptuando los casos establecidos por la normativa legal vigente, ni serán utilizados para elaborar decisiones automatizadas, incluida la elaboración de perfiles. Puede consultar información adicional sobre la protección de datos de carácter personal en la sede electrónica del Ayuntamiento. (www.teruel.es) |
Medios de contacto | La Unidad Administrativa de Participación Ciudadana y Servicios Generales se encuentra ubicada en la planta baja (derecha) de la Casa Consistorial. Plaza de la Catedral nº 1. El horario de atención al público será de 9:00 a 14:00 horas. Teléfonos.- 978619905 Fax.- 978619931 Mail.- padron@teruel.es Concejalía responable: Estadística y Procesos Electorales. |
¿Dónde solicitarlo? | a) En el Registro General o sede electrónica del Ayuntamiento de Teruel, así como en los restantes registros electrónicos de cualquiera de las entidades integrantes del sector público. b) En las oficinas de Correos, en la forma que reglamentariamente se establezca. c) En las representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero. d) En las oficinas de asistencia en materia de registros. e) En cualquier otro que establezcan las disposiciones vigentes. |
Horario de Registro | Horario general: LUNES A VIERNES 9 A 13:45 HORAS Horarios especiales: Medievales: El viernes de medievales de 9 a 12h. Semana Santa: Desde el Martes Santo, hasta el Lunes de Pascua, de 9 a 13h. Fiestas del Ángel: Desde el viernes de Ferias, hasta fin de la Vaquilla, de 9 a 13h. Navidad: Desde el 22 de diciembre, al 6 de enero, de 9 a 13h. |
Ayuntamiento de Teruel
Plaza de la Catedral
1.
44001
Teruel
(Teruel)
Teléfono: (+34) 978619900
Correo electrónico: informacion@teruel.es
DIR3: L01442160