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Ayudas de urgencia para situaciones generales

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Código SUBVEN_GENERAL
Descripción Son prestaciones económicas del Sistema Público de Servicios Sociales de carácter esencial, temporal, finalista y de pago único no periódico que tienen por finalidad resolver situaciones de urgencia que afecten a personas o unidades familiares de convivencia a las que sobrevengan situaciones de necesidad o falta continuada de recursos.
Órgano resolutorio Ayuntamiento de Teruel - Alcaldía / Junta de Gobierno Local
¿Quién tramita la solicitud? Centro municipal de servicios sociales
Destinatario Personas físicas
Sujeto a tasa o precio público No
Disponibilidad Continua
¿Quién lo puede solicitar?
  • Ser mayor de edad o menor emancipado que se halle en una situación sobrevenida de necesidad o falta continuada de recursos.
  • Tener constituido un hogar independiente.
  • Estar empadronado y tener residencia efectiva en el Municipio de Teruel. (Por razones humanitarias y de fuerza mayor, podrá excluirse el requisito de empadronamiento).
  • Carecer de ingresos suficientes conforme a la normativa vigente que regula esta prestación.
  • No poder cubrir al inicio de procedimiento sus necesidades básicas de subsistencia por sus medios, ni desde otros recursos sociales, o a través de ayuda de terceros obligados legalmente.
Forma de iniciación De parte
Efecto del silencio Desestimatorio
Plazo de resolución 3 meses
Fin a la vía administrativa Si
Normativa
  • Ley 5/2009, de 30 de junio, de Servicios Sociales de Aragón.
  • Decreto 143/2011, de 14 de junio del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el Catálogo de Servicios Sociales de la Comunidad Autónoma de Aragón.
  • Ley 10/2016 de medidas de emergencia en relación con las prestaciones económicas del Sistema Publico de Servicios Sociales y con el acceso a al vivienda en la Comunidad Autónoma de Aragón.
  • Decreto 191/2017, de 28 de noviembre del Gobierno de Aragón, por el que se regulan las prestaciones económicas para situaciones de urgencia, para el apoyo a la integración familiar y los complementos económicos para perceptores de pensión no contributuva.
¿Requiere documentación? Si
Documentación a aportar
  • Fotocopia del Documento Nacional de Identidad de todos los miembros de la unidad de convivencia. En el caso de extranjeros, documento acreditativo de su personalidad y tarjeta de residencia.
  • Fotocopia del libro de familia
  • Fotocopia del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas de todos los miembros de la unidad de convivencia.
  • Certificado expedido por los Servicios Municipales y/o de la Hacienda Pública sobre bienes que afecten al solicitante y/o a los demás miembros de la unidad de convivencia.
  • Fotocopia que acredite cualquier pensión y/o prestación de la Seguridad Social del Sistema de atención a la dependencia o del Sistema Público de Empleo.
  • Vida laboral y nóminas correspondientes al mes anterior al de la solicitud de los miembros de la unidad de convivencia que tengan empleo.
  • Documentación acreditativa de la situación de necesidad determinante de la solicitud, y, en su caso, justificante de la cuantía que precise para ser satisfecha.

Observaciones / Información de interés Esta ayudas serán subsidiarias de otras prestaciones públicas que permitan la cobertura ordinaria de las necesidades del beneficiario.
Medios de contacto Las dependencias Centro Municipal de Servicios Sociales se encuentran ubicadas en la C/ Yagüe de Salas 16, Teruel 44001

Tfno: 978619926

Correo electrónico: serviciossociales@teruel.net

¿Dónde solicitarlo?

En el Registro General del Ayuntamiento de Teruel o en las Oficinas de Correos en la forma reglamentaria establecidas, en las representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero, o en las oficinas de asistencia en materia de registros de otras Administraciones Públicas.

Horario de Registro Horario general: LUNES A VIERNES 9 A 14 HORAS
Horarios especiales:
Medievales: El viernes de medievales de 9 a 12h.
Semana Santa: Desde el Martes Santo, hasta el Lunes de Pascua, de 9 a 13h.
Fiestas del Ángel: Desde el viernes de Ferias, hasta fin de la Vaquilla, de 9 a 13h.
Navidad: Desde el 22 de diciembre, al 6 de enero, de 9 a 13h.
DESCARGA DE DOCUMENTOS
12 de Junio de 2020

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