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Descripción | La Administración tiene la obligación de realizar la devolución de ingresos indebidos en los siguientes supuestos:
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Órgano resolutorio | Ayuntamiento de Teruel - Alcaldía |
¿Quién tramita la solicitud? | Departamento de gestión tributaria |
Destinatario | Persona física o jurídica |
Sujeto a tasa o precio público | No |
Forma de pago | El pago por parte del Ayuntamiento, si procede, se realizará mediante transferencia bancaria. Además, con la devolución de ingresos indebidos la Administración tributaria abonará el interés de demora, sin necesidad de que el obligado tributario lo solicite. A estos efectos, el interés de demora se devengará desde la fecha en que se hubiese realizado el ingreso indebido hasta la fecha en que se ordene el pago de la devolución. Las dilaciones en el procedimiento por causa imputable al interesado no se tendrán en cuenta a efectos del cómputo del período. |
Disponibilidad | Disponibilidad continua |
¿Quién lo puede solicitar? | Cualquier persona física o jurídica que considere que ha realizado un ingreso indebido en los supuestos relacionados en la descripción del trámite |
Forma de iniciación | A instancia de parte o de oficio |
Efecto del silencio | De parte: Desestimatorio |
Plazo de presentación | Prescribirán a los cuatro años, a contar desde el día siguiente al que en que se realizó el ingreso indebido, el derecho a solicitar las devoluciones. |
Plazo de resolución | 6 meses |
Fin a la vía administrativa | Recurso de reposición previo al contencioso-administrativo |
Normativa | - Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria (artículos 32 y 221) - Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales |
¿Requiere documentación? | Si |
Documentación a aportar | - Instancia General - Recibo original del ingreso - Número de cuenta en el cual ingresó el recibo con justificante del banco en el que figure el titular y el número de cuenta. |
Observaciones / Información de interés | Cuando el acto de aplicación de los tributos o de imposición de sanciones en virtud del cual se realizó el ingreso indebido hubiera adquirido firmeza, únicamente se podrá solicitar la devolución del mismo instando o promoviendo la revisión del acto mediante alguno de los procedimientos especiales de revisión y mediante el recurso extraordinario de revisión. |
Medios de contacto | El Departamento de Gestión Tributaria se encuentra ubicado en la planta segunda (mostrador central) de la Casa Consistorial. Plaza de la Catedral nº 1. El horario de atención al público será de 9:00 a 14:00 horas. Teléfonos.- 978619912 Fax.- 978619931 Mail.- gestión.tributaria@teruel.es |
¿Dónde solicitarlo? | En el Registro General del Ayuntamiento de Teruel o en las Oficinas de Correos en la forma reglamentaria establecidas, en las representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero, o en las oficinas de asistencia en materia de registros de otras Administraciones Públicas. |
Horario de Registro | Horario general: LUNES A VIERNES 9 A 14 HORAS Horarios especiales: Medievales: El viernes de medievales de 9 a 12h. Semana Santa: Desde el Martes Santo, hasta el Lunes de Pascua, de 9 a 13h. Fiestas del Ángel: Desde el viernes de Ferias, hasta fin de la Vaquilla, de 9 a 13h. Navidad: Desde el 22 de diciembre, al 6 de enero, de 9 a 13h. |
Ayuntamiento de Teruel
Plaza de la Catedral
1.
44001
Teruel
(Teruel)
Teléfono: (+34) 978619900
Correo electrónico: informacion@teruel.es
DIR3: L01442160