Estos expedientes tienen por objeto la tramitación de los procedimientos de mediación en las reclamaciones presentadas por los consumidores y usuarios.
Los consumidores y usuarios, entendiendo por tales:
- Las personas físicas que actúen con un propósito ajeno a su actividad comercial, empresarial, oficio o profesión.
- Las personas jurídicas y las entidades sin personalidad jurídica que actúen sin ánimo de lucro en un ámbito ajeno a una actividad comercial o empresarial.
Disponibilidad continua.
OFICINA MUNICIPAL DE INFORMACIÓN AL CONSUMIDOR.
- Texto Refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias (aprobado por Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre).
- Ley 16/2006, de 28 de diciembre, de Protección y Defensa de los Consumidores y Usuarios de Aragón.
- Real Decreto 231/2008, de 15 de febrero, por el que se regula el sistema arbitral de consumo.
- Reglamento regulador de los Servicios de Atención al Cliente, de las hojas de reclamaciones y por el que se crea el distintivo de calidad de consumo en la Comunidad Autónoma de Aragón, aprobado por - Decreto 150/2016, de 11 de octubre, de Gobierno de Aragón.
No sujeto a tasa o precio público.
El procedimiento de mediación carece de resolución administrativa propiamente dicha, el procedimiento finaliza con el acuerdo de las partes, en su caso, o con la remisión de la reclamación no resuelta al organismo competente por razón de la materia y/o, en última instancia, a la Inspección de Consumo, en su caso.