El Ingreso Aragonés de Inserción (I.A.I) es un programa social que comprende prestaciones económicas, destinadas a garantizar los recursos mínimos de subsistencia y actuaciones dirigidas a lograr la plena integración social y laboral de sus destinatarios.
- Personas que necesiten procesos de inclusión social y laboral y una garantía de ingresos mínimos.
- Estar empadronado y tener la residencia efectiva en la Comunidad Autónoma de Aragón, al menos con un año de antelación a la solicitud.
- No disfrutar de beneficio similar en otra Comunidad Autónoma, tanto el titular del derecho como los miembros de la unidad familiar
- Percibir en la unidad familiar ingresos inferiores a la cuantía del Ingreso Aragonés de Inserción que pudiera corresponderle.
- Ser mayor de 18 años y menor de la edad exigida para ser perceptor de la pensión no contributiva de jubilación. También podrán ser titulares los menores de edad que cumplan los requisitos y tengan a su cargo menores o incapacitados.
Disponibilidad continua.
Centro municipal de servicios sociales.
- Ley 1/1993, de 19 de febrero (BOA de 1 de marzo de 1993) de Medidas Básicas de Inserción y Normalización Social.
- Decreto 57/1994, de 23 de marzo (BOA de 8 de abril de 1994), por el que se regula el Ingreso Aragonés de Inserción en desarrollo de la Ley 1/1993 de 19 de febrero.
- Decreto 117/1997, de 8 de julio (BOA de 18 de julio de 1997), por el que se regula la Comisión de Reclamaciones del Ingreso Aragonés de Inserción.
- Decreto 125/2009, de 7 de julio (BOA de 8 de julio de 2009), por el que se modifica parcialmente el Decreto 57/1994, de 23 de marzo.
No sujeto a tasa o precio público.
Esta ayuda la otorga el Gobierno de Aragón sin embargo la solicitud y trámite se cumplimenta ante y por el Ayuntamiento de Teruel.