Podrán ser beneficiarios/as de estas ayudas las unidades familiares en las que, al menos, un miembro padezca la enfermedad celíaca o la intolerancia al gluten.
A los efectos de estas ayudas se entiende por unidad familiar:
A - Personas que viven solas en una vivienda, o que conviviendo con otras, no estén sí por los vínculos relacionados en el apartado b).
B - Dos o mas personas que convivan en la misma vivienda, cuando estén unidas entre sí por matrimonio u otra forma de relación análoga a la conyugal, por adopción o cosanguinidad o afinidad hasta el cuarto y segundo grado respectivamente.
De parte: desestimatorio
De oficio: caducidad
A. Ordenanza específica mediante la que se aprueban las Bases que regirán las Convocatorias Públicas para la concesión de Subvenciones dirigidas a unidades familiares en cuyo ámbito existan una o más personas celiacas o con intolerancia al gluten
B. Convocatoria de subvenciones dirigidas a unidades famiiares en cuyo ámbito existan una o más personas celíacas o con intolerancia al gluten para el ejercicio 2024
C. Decreto de Convocatoria y Bases de subvenciones destinadas a familias con personas celíacas o intolerantes al gluten 2024
D. Solicitud de subvención destinada a familias con personas celíacas o intolerantes al gluten 2024