Padres, madres o tutores legales que cumplan los siguientes requisitos:
• Tener hijos menores de 3 años a su cargo, que estén matriculados de manera continua en guarderías o escuelas infantiles en Teruel o sus barrios pedáneos.• Los menores deben estar empadronados en Teruel o barrios pedáneos antes de la publicación de la convocatoria en el BOPT y seguir empadronados hasta la justificación de la ayuda.• Estar al corriente de pago con la Hacienda Municipal, Hacienda Estatal, Seguridad Social y la Hacienda de la Comunidad de Aragón.• No incurrir en ninguna de las circunstancias previstas en el artculo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.• No recibir ayudas o subvenciones para la misma finalidad de otras instituciones públicas o privadas.• Cumplir con la legislación en materia medioambiental, de transparencia, igualdad, derechos LGTBI, derechos de personas con discapacidad y empleo inclusivo, entre otras."
- Ordenanza específica mediante la que se aprueban las bases que regirán las convocatorias públicas para la concesión de subvenciones dirigidas a familias con niños matriculados en guarderías o escuelas infantiles.
- Decreto y convocatoria del procedimiento.
Normativa general:
- Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones
- Reglamento General de Subvenciones, aprobado por el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio.
- Decreto Legislativo 2/2023, de 3 de mayo, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Subvenciones de Aragón.
- Los artículos 189.2 y 214.2 del Real Decreto Legislatvo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprobó el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.
- Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administratvo Común de las Administraciones Públicas.
- Presupuesto municipal del Excmo. Ayuntamiento de Teruel. Bases de Ejecución.
- Plan Estratégico de Subvenciones del Ayuntamiento de Teruel.
Preguntas Frecuentes Subvenciones Guarderias y Escuelas Infantiles
01. Solicitud Ayuda con niños en guarderías o Escuelas Infantiles. Año 2025
02. Anexo 1. Declaración asistencia al centro (presentación con justificación)
03. Anexo 2. Acreditación pago efectivo de facturas