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Responsabilidad patrimonial municipal

Finalidad
Procedimiento que regula el derecho de los particulares a ser indemnizados por la Administración Pública ante cualquier daño que se le produzca como consecuencia del funcionamiento normal o anormal de los servicios públicos, excepto casos de fuerza mayor.
Quien lo puede Presentar
Personas que consideren que han sufrido un daño por la actuación de la Administración
Plazos de Presentación
Un año producido el hecho o acto que motive la idemnización o se manifieste su efecto lesivo. En caso de daños de carácter físico o psíquico a las personas, el plazo empezará a computarse desde la curación o la determinación del alcance de las secuela
Unidad tramitadora
Departamento de Personal y Servicios Generales
Plazo de resolución
6 meses.
Efecto del silencio Administrativo
Desestimatorio

De parte: Desestimatorio

De oficio: Caducidad

Recursos
Si. Cabe interponer recurso potestativo de reposición o recurso contencioso-administrativo.
Normativa básica
Artículo 106.2 de la Constitución Española
Art. 54 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local.
Arts. 223 225 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre.
Arts. 32 y ss. de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Ley 1/2009, de 30 de marzo, del Consejo Consultivo de Aragón.
Pago de tasas
No
Documentación relacionada
Instancia de reclamación de responsabilidad patrimonial por daños

Nivel de identificación del solicitante
Substancial:
Acceso mediante sistema Cl@ve
Documentos a Presentar
Documentación a aportar
Instancia de reclamación de responsabilidad patrimonial por daños
Fotografía
Declaración de testigos
Informe médico de lesiones
Evaluación económica de daños
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