Son beneficiarios los trabajadores autónomos y las microempresas de menos de diez trabajadores que sean:
-Emprendedores que no hayan estado dados de alta en régimen de autónomos ni en la actividad propia en el último año.
-Relevistas empresariales, entendiendo como las personas que desarrollan su proyecto empresarias continuado la actividad económica de un negocio que es objeto de traspaso.
Los beneficiarios deberán cumplir con los requisitos establecidos en la convocatoria.
01. Solicitud normalizada subvención Emprendimiento
02. Anexo 1 Declaración Responsable