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Alta en el padrón municipal

Finalidad

Consiste en la inscripción en el Padrón municipal de habitantes de las personas físicas que sean residentes en el término municipal de Teruel. El empadronamiento otorga la condición de vecino.

El Padrón es el registro acreditativo de la residencia y del domicilio de los vecinos de Teruel, a todos los efectos administrativos.

Toda persona que viva en España está obligada a inscribirse en el Padrón del Municipio donde reside habitualmente. En el caso de residir en más de un municipio deberán empadronarse en aquel en el que vivan durante mas tiempo al año.

Quien lo puede Presentar

Cualquier persona física que resida de forma habitual la mayor parte del año en Teruel.

Los nacidos en Teruel, una vez inscritos en el Registro Civil, son dados de alta de oficio en el Padrón Municipal en un plazo aproximado de dos meses.

También se podrán dar de alta en el Padrón a los nacidos a solicitud de los padres que tengan su guarda o custodia previa presentación del Libro de Familia o certificado de nacimiento.

Plazos de Presentación

Disponibilidad continua. 

Unidad tramitadora

Departamento de participación ciudadana y servicios generales. 

Plazo de resolución

3 meses.

Efecto del silencio Administrativo
Estimatorio

De parte: Estimatorio
De oficio: Caducidad

Normativa básica

- Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local

- RD 1690/86, de 11 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Población y Demarcación Territorial de las Entidades Locales

- Resolución del INE de 17 de febrero de 2020 (BOE 2/05/2020).

Pago de tasas

No sujeto a tasa o precio público. 

Información Adicional

La documentación que se presente deberá ser original, salvo cuando se indique otra cosa, y será escaneada y devuelta al solicitante en el momento de su registro.

Documentación a aportar

INFORMACIÓN DE INTERÉS:

Los vecinos tienen la obligación de comunicar al Ayuntamiento las variaciones en sus circunstancias personales, en la medida en que impliquen una modificación de los datos que deben figurar en el padrón municipal de habitantes con carácter obligatorio ( Art. 68 RD 1690/1986, del Reglamento de Población y Demarcación Territorial)

El Ayuntamiento podrá comprobar la veracidad de los datos consignados por los vecinos, exigiendo al efecto la presentación del documento de identidad, el libro de familia, el título que legitime la ocupación de la vivienda u otros documentos análogos

LA FALSEDAD EN LOS DATOS DECLARADOS PUEDE SER CONSTITUTIVA DE DELITO.

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Documentación a aportar

Guía para saber que documentación se debe aportar.

Padrón Munic. Hoja inscripción o modificación

Padrón Municipal. Hoja de inscripción o modificación

Nivel de identificación del solicitante
Substancial:
Acceso mediante sistema Cl@ve
Documentos a Presentar
Documentación adjunta
Hoja padronal de inscripción o modificación
Otra documentación
Documentación de identificación personal en vigor
Documento nacional de identidad
Libro de familia
Certificado de nacimiento
Tarjeta de residencia
Documento de identidad de origen
Pasaporte
Menores con un sólo progenitor
Escrito de conformidad del progenitor
Documento de identidad del progenitor
Resolución judicial de guarda y custodia del progenitor
Documentación acreditativa del domicilio de residencia
Escritura de propiedad
Nota simple de Registro de la Propiedad
Contrato de alquiler
Recibo de alquiler
Factura de compañía de servicios
Documentación en caso de que solicitante no sea titular de la vivienda
Documento de identidad del titular de la vivienda
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Ayuntamiento de Teruel
  • Plaza de la Catedral 1, 44001 Teruel
  • (+34) 978619900
  • informacion@teruel.es
  • http://www.teruel.es/