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Ayudas al alquiler para Familias Monoparentales

Finalidad

El objeto de la presente convocatoria es facilitar el acceso a una vivienda en régimen de alquiler a las familias monoparentales, mediante la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva simplificada, destinadas al pago de la renta de alquiler de vivienda habitual en el término municipal de Teruel. Esta vivienda deberá constituir el domicilio habitual y permanente de los integrantes de la familia monoparental.
A los efectos de esta convocatoria, se entenderá por familia monoparental la que esté reconocida como tal según la normativa autonómica vigente (ORDEN CDS/384/2019, de 4 de abril, por la que se regulan los requisitos para la calificación de familia monoparental y el procedimiento de reconocimiento y expedición del Título de Familia Monoparental de la Comunidad Autónoma de Aragón).
Por tanto, son familias monoparentales a los efectos de esta convocatoria, los núcleos familiares compuestos por una única persona progenitora, siempre que constituya la única sustentadora de la familia, y los hijos o hijas a su cargo, que no conviva con su cónyuge ni con otra persona con la que mantenga una relación análoga a la conyugal, así como aquellos casos en los que la persona que encabeza la unidad familiar tenga la guarda y custodia exclusiva de los hijos o hijas.

Quien lo puede Presentar

Podrá solicitar y ser beneficiaria de la subvención objeto de esta convocatoria la persona física, mayor de edad, que sea titular de un contrato de arrendamiento de vivienda y que cumpla los siguientes requisitos a la fecha de publicación de la convocatoria:
A. Tener la Resolución de reconocimiento de familia monoparental o carné de familia monoparental en vigor.
B. Poseer la nacionalidad española, o la de alguno de los Estados miembros de la Unión Europea o del Espacio Económico Europeo, Suiza, o contar con autorización de estancia o residencia legal en España y NIE en vigor. Todas las personas que integran la unidad de convivencia deberán cumplir esta condición en el momento de la solicitud.
C. Ser titular de un contrato de arrendamiento de vivienda sita en el término municipal de Teruel y que la vivienda arrendada constituya el domicilio habitual y permanente de los integrantes de la familia monoparental reconocida por Resolución del órgano competente del Gobierno de Aragón. Arrendador y arrendatario no podrán mantener entre sí relación de parentesco de primer grado.
D. La persona titular del contrato de arrendamiento y el resto de integrantes de la familia monoparental deberán estar empadronados en la vivienda arrendada en la fecha de la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Teruel.
E. Acreditar unos ingresos anuales del titular del contrato de arrendamiento inferiores a 4,5 veces el valor del IPREM en 12 pagas (32 400€ brutos anuales).

Plazos de Presentación
28/04/2026 00:00:00 - 15/09/2026 23:59:00
Presentación

Del 28/04/2026 al 15/09/2026 

Las solicitudes de subvención y la documentación exigida deberán ser presentadas en el Registro General del Ayuntamiento de Teruel, sin perjuicio su presentación en cualquiera de los lugares establecidos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Unidad tramitadora
Oficina de Vivienda.

Plaza Amantes, 6, 2.º

Teléfono.- 978619922

vivienda@teruel.es
Plazo de resolución
3 meses desde la finalización del plazo para la presentación de solicitudes.
Efecto del silencio Administrativo
Desestimatorio
Recursos
De conformidad con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, contra la resolución de concesión cabrá interponer, con carácter potestativo, recurso de reposición ante la Alcaldesa, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la notificación, o bien interponer directamente recurso contencioso administrativo en el plazo de dos meses ante el Juzgado de lo Contencioso- Administrativo, con sede en Teruel, de conformidad con los artículos 8.1 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, sin perjuicio de que pueda ejercitar, en su caso, cualquier otro recurso que estime procedente.
Normativa básica

Ordenanza reguladora ayudas al alquiler familias monoparentales

Convocatoria alquiler para familias monoparentales

Información Adicional

El criterio de otorgamiento será el orden de presentación de solicitudes, resolviendo de forma individualizada cada una de ellas. Si hubiese que requerir a la persona solicitante para que subsane la solicitud presentada, por no estar completa, se considerará que esta solicitud se encuentra en el puesto de orden correspondiente a la fecha en que se haya completado la subsanación requerida.

Serán subvencionables los gastos originados por el pago de hasta tres mensualidades de renta de alquiler que sean satisfechas dentro del período subvencionable, que comprende desde el 1 de enero de 2026 hasta el final del plazo de presentación de solicitudes. Dichos gastos deberán estar debidamente
justificados en el momento de presentación de la solicitud.
Serán subvencionables, como máximo, tres mensualidades del período subvencionable, con el límite máximo mensual de 400 €, salvo que el importe de la renta por arrendamiento sea inferior, en cuyo caso, se aplicará el límite de renta mensual efectivamente satisfecho.

Las subvenciones reguladas en estas bases serán compatibles con las que, para esa misma finalidad puedan conceder cualesquiera Administraciones o entes públicos o privados, nacionales, de la Unión Europea o de organismos internacionales. En caso de que hubieran solicitado previamente este tipo de ayudas a otras administraciones o entidades públicas o privadas, deberán comunicarlo en el momento de presentar la solicitud. Una vez les sea comunicada la correspondiente resolución, deberán presentar ese documento en el Registro General del Ayuntamiento de Teruel. La omisión de esta comunicación supondrá automáticamente la anulación de la ayuda concedida por este Ayuntamiento, y el interesado perderá el derecho a solicitarla nuevamente en la convocatoria siguiente.

Documentación relacionada
01 - Solicitud subvención alquiler familias monoparental

01 - Solicitud subvención alquiler familias monoparentales

02 - Anexo I. Declaración responsable

02 - Anexo I. Declaración responsable

03 - Anexo II. Justificante de pago en efectivo

03 - Anexo II. Justificante de pago en efectivo

04 - Anexo III. Declaración responsable otras ayudas

04 - Anexo III. Declaración responsable otras ayudas

05 - Ficha de Terceros

05 - Ficha de Terceros

Nivel de identificación del solicitante
Substancial:
Acceso mediante sistema Cl@ve
Documentos a Presentar
Documentación aportar
Solicitud
Anexo 1. Declaración Responsable
Anexo 2. Justificante de pagos en efectivo.
Anexo 3. Declaración responsable de otras ayudas.
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